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Bancomunidad

PUNTO DE RECLAMO

Conozca sus Derechos y cumpla sus Obligaciones

1. Punto de Reclamo en las Entidades Financieras

Es un servicio totalmente gratuito para el cliente, está controlado y regulado por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI).

Hay un Punto de Reclamo en cada entidad de intermediación financiera, oficinas centrales, sucursales y agencias, dispuesta a atender todos sus reclamos financieros.

Las Entidades Financieras, están obligadas a atender los reclamos de sus clientes, de acuerdo al Reglamento para el funcionamiento del PR., de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI).

2. Central de Reclamos ASFI

Es un servicio de ASFI, disponible en todas sus oficinas, dedicado a atender aquellos reclamos en los que el cliente o usuario está en desacuerdo con la respuesta emitida por la entidad supervisada.

3. Pasos para presentar un Reclamo  a una Entidad Financiera

Los Clientes pueden presentar sus reclamos ante el PR. del Banco PyME de la Comunidad, de la siguiente manera, adjuntando la documentación que consideren necesaria.
•    Por escrito: Mediante el Formulario de Registro de Reclamos dirigido al Área del Punto de Reclamo del Banco.
•    Por Internet: a través de los Formulario de Reclamos existentes en la web.
•    En forma personal: En cualquiera de nuestras oficinas del Banco PyME de la Comunidad donde está el letrero de Punto de Reclamo.

Su reclamo será registrado en la institución, se le asignará un número único de reclamo y el plazo en el cual se emitirá la respuesta. Dentro del plazo establecido recibirá una comunicación del Banco dando respuesta al mismo.

4. Debe tomar en cuenta al momento de presentar un Reclamo a la ASFI

La ASFI, atenderá los reclamos únicamente cuando se hayan agotado todos los medios para su solución y atención en las entidades financieras.
El ordenamiento jurídico boliviano no otorga facultades a la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero, para conocer y resolver controversias que están siendo consideradas por las autoridades del Poder Judicial para hacer valer los derechos que pudieran asistirle. La ASFI, no tiene facultades para resolver conflictos que exceden el ámbito administrativo y de regulación.

5. La respuesta de las  Entidades Financieras a Reclamos de Clientes y Usuarios deben ser:

OPORTUNAS: Se cumplen plazos de las respuestas establecidos al momento de presentar el reclamo.
INTEGRAS: Las respuestas deben ser: completa, exacta, imparcial y verificable. Respecto a los aspectos planteados en el reclamo.
COMPRENSIBLES: Las respuestas utilizarán palabras y conceptos que faciliten el pleno entendimiento de la misma por parte del cliente o usuario. 

FORMULARIO DE RECLAMOS


    En el plazo de cinco (5) días hábiles administrativos a partir del día de mañana, usted recibirá la carta de respuesta a su reclamo a través del medio que haya requerido o puede apersonarse por la Entidad Financiera a recoger su respuesta.